lunes, 8 de septiembre de 2014

El SERMAS, condenado a pagar 18.000 euros por no ver una fractura y provocar cojera a una paciente de Parla

El Servicio Madrileño de Salud ha sido condenado por no diagnosticar una fractura de calcáneo en el Hospital Infanta Cristina de Parla. Al no contar con un tratamiento adecuado, la paciente sufrió posteriormente una cojera crónica.

  Se trata de una sentencia de la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en respuesta a la denuncia de la asociación El Defensor del Paciente. En concreto se pronuncia sobre el caso de una mujer de 45 años que en 2008 sufrió una caída en su domicilio. En Urgencias del Hospital de Parla no le diagnosticaron una fractura.

La sentencia recoge que tampoco fue adecuada la asistencia que se prestó a la afectada en el Centro de Especialidades Los Ángeles. Hasta un año después no fue intervenida en el Hospital de Getafe, y debido a la tardanza desde entonces la paciente precisa el uso de calzado especial para su actividad cotidiana y no debe caminar durante mucho tiempo.
Según la Asociación del Defensor del Paciente, debido a las secuelas funcionales y estéticas la vida laboral de la paciente se ha visto claramente limitada y presenta un cuadro depresivo reactivo en tratamiento con antidepresivos.

Más información:  http://www.sermadridsur.com/noticias/el-sermas-condenado-a-pagar-18000-euros-por-no-ver-una-fractura-y-provocar-cojera-a-una-paciente-de-parla_43921/

Sanidad paga 120.000 euros por la muerte de una paciente que no fue atendida en dos días

La mujer, de 66 años, falleció de un derrame pleural no detectado y que permaneció dos días consecutivos ingresada en La Fe sin ser atendida por un médico

04.09.2014 |

La Conselleria de Sanidad ha sido condenada a indemnizar con 120.000 euros a los familiares de una paciente de 66 años que falleció a consecuencia de un derrame pleural no detectado y que permaneció dos días consecutivos ingresada en La Fe sin ser atendida por un médico.
Según consta en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), hecha pública por el Defensor del Paciente, se estima parcialmente el recurso de los familiares frente a la tesis de la administración, que negó la existencia de mala praxis.

A la fallecida se le extirpó un pecho en junio de 2006 tras detectarle un quiste y posteriormente fue sometida a sesiones de quimioterapia, pero posteriores complicaciones requirieron su ingreso y la realización de una gastroscopia.
El 4 de abril de 2007 reingresó en el hospital y se le realizó una nueva gastroscopia que dio resultado positivo, a pesar de lo cual no se le dio el alta por presentar dolor lumbar y fiebre y quedó a la espera de una resonancia magnética.

"Pese al empeoramiento de la paciente, que ya no podía ni levantarse para ir al baño, el día 5, el médico insiste en el diagnóstico de dolor lumbar y en la necesidad de estar a la espera de la resonancia, recetándole Diazepan, criterio este que se mantiene el día 6, aunque la enferma no podía moverse ni girar la cabeza", según consta en la sentencia.

El día 7 el médico que la visitó le realiza una radiografía de columna cervical que evidenció artrosis cervical; los siguientes días 8 y 9 no fue visitada por ningún médico.

"El día 10 ante la presión de los familiares, es vista por un facultativo, que constata la gravedad de su estado, pero no sabe explicar el hecho de que no se le hubiera practicado todavía la resonancia", refiere la sentencia.
La mujer es trasladada a la sala de digestivo, donde fallece el día 11.

Más información: http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2014/09/04/sanidad-paga-120000-euros-muerte/1157551.html

«Si mi mujer no se hubiera enfrentado a los médicos, ahora mismo no estaría vivo»

El Defensor del Paciente pide a Fiscalía que abra una investigación al advertir «mala praxis» en el diagnóstico de un paciente aquejado de un tumor cerebral.

«Es indecente el trato y la atención que ha recibido este paciente. Ha soportado dolores intensos por culpa de un retraso injustificado del diagnóstico, pese a la infinidad de veces que acudió a su médico de cabecera y a urgencias». Así reza parte del escrito que el Defensor del Paciente dirigió a principios de julio a la Fiscalía de Almería para solicitar que abra una investigación de oficio con el fin de esclarecer «el calvario» sufrido por José Antonio Hernández, vecino de Roquetas de Mar y de 47 años.

Este documento, dirigido al fiscal jefe de Almería, Antonio Pérez, advierte sobre la «mala praxis» de los médicos que trataron a José Antonio Hernández, quienes diagnosticaron su dolencia «de forma errónea» y «no le practicaron» las pruebas necesarias durante tres meses hasta que finalmente tuvo que ser intervenido de urgencia en el hospital Torrecárdenas «a vida o muerte» por un tumor cerebral.

«Si mi mujer no se hubiera enfrentado a los médicos para que no me dieran el alta, ahora mismo no estaría vivo», lamentó a IDEAL este vecino de Roquetas, quien inició su particular 'vía crucis' a principios del pasado abril. «Empecé a sufrir fuertes dolores de cabeza y de cervicales. Al principio, no le di importancia pero los dolores fueron en aumento y comencé a sufrir mareos». Un hecho que provocó que José Antonio se trasladara a la consulta de su médico de cabecera, situada en el centro de salud de Roquetas Norte.

Según relata Hernández, su médico «se limitó» a recetarle unas pastillas efervescentes y no contempló «algún tipo de exploración». El dolor continuó en días siguientes y provocó que se desplazara hasta en cuatro ocasiones al centro de salud. «En urgencias me diagnosticaron cervicalgia y me mandaron de nuevo a casa», subraya. Ante el dolor «insoportable», este roquetero, en compañía de su mujer, optó por trasladarse al centro de salud de Aguadulce. Días antes, su médico de cabecera le recomendó «acudir al psiquiatra» ante la insistencia de este para ser sometido a pruebas «más concluyentes».

Sin embargo, y pese a sufrir calambres en las manos y una pérdida progresiva de vista, al margen de los fuertes dolores de cabeza, los médicos de Aguadulce siguieron el mismo protocolo: «Me inyectaron un antiinflamatorio y me mandaron a casa».

 Los días pasaron y el dolor derivó en «continuas pérdidas de conciencia». Por ello, José Antonio pidió a su médico de cabecera que le derivara a un especialista. Si bien, el facultativo le derivó a un traumatólogo al creer que era un padecimiento cervical. «Mientras esperé dicha consulta, tuve que acudir varias veces a las urgencias del hospital de Poniente, pero se repitió el mismo proceso que en las anteriores ocasiones».

 

La Generalidad se compromete a devolver el euro por receta pero no concreta cuándo

En los 6 meses y medio que estuvo en vigor el Gobierno autonómico recaudó 45,7 millones de euros. 
Si bien, el coste de suprimir la tasa se cifró en 198 millones, teniendo en cuenta que, al margen de la recaudación directa, se preveían ahorros -a través del llamado "efecto disuasorio"- superiores a los 100 millones de euros.

La Consejería de Salud ha anunciado que devolverá mediante transferencia bancaria la tasa del euro por receta -que se aplicó en Cataluña desde el 23 de junio de 2012 hasta el 15 de enero de 2013- a quienes lo reclamen a través de la Oficina Virtual de Trámites de la Generalidad. El consejero titular del departamento, Boi Ruiz, ha remitido, no obstante, a la Consejería de Economía y Conocimiento, por lo que aún no se ha concretado el sistema de retorno de la tasa ni los tiempos en que se hará efectivo.

Después de que el Tribunal Constitucional declarara en mayo que la medida colisionaba con las competencias que en esta materia se derivan de la Carta Magna -resolución que del mismo modo afectó a la gestión sanitaria en la Comunidad de Madrid-, 170 catalanes, según Ruiz, ya han exigido la devolución de la tasa.
El departamento que lidera Andreu Mas-Colell, encargado a su vez de distribuir las partidas entre las distintas consejerías, ha informado de que el reembolso "no será inmediato, sino que se recogerán solicitudes hasta final de año y luego se verá a qué partida se carga el importe que se deba devolver".
"Se comprobará que no tengan deuda con la Generalidad"


"Se comprobará que no tengan deuda con la Generalidad"
El formulario que deben presentar los afectados cuenta con el sello del Servicio Catalán de la Salud (CatSalud) y en él los usuarios deben rellenar sus datos personales y bancarios.
En este punto, el documento advierte de que a quienes han pagado la tasa durante su periodo de vigencia se les "comprobará que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y que no tengan ninguna deuda con la Generalidad".
En los 6 meses y medio que estuvo en vigor el pago del euro por receta el Gobierno autonómico recaudó 45,7 millones de euros. Si bien, el ejecutivo que lidera Artur Mas cifró en 198 millones el coste de suprimir la tasa, teniendo en cuenta que, al margen de la recaudación directa, preveía ahorros -a través del llamado "efecto disuasorio"- superiores a los 100 millones de euros.

Más información: http://www.cronicaglobal.com/es/notices/2014/08/la-generalidad-se-compromete-sine-die-a-devolver-el-euro-por-receta-10609.php

martes, 19 de agosto de 2014

Sanidad indemniza con 48.000 euros a una paciente que sufrió lesiones por un electrobisturí

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha condenado a la aseguradora de la DGA, Zúrich, a indemnizar a una paciente con 48.213,53 euros. La mujer sufrió lesiones con un electrobisturí durante una operación de vesícula en octubre de 2008 lo que le ha causado secuelas como dolores al agacharse, estirarse o toser, entre otros.

Zaragoza.- El departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón deberá indemnizar a una paciente, de 45 años, con 48.213,53 euros. La mujer sufrió lesiones con un electrobisturí durante una operación de vesícula en octubre de 2008.

La paciente, natural de Zaragoza, fue intervenida en octubre de 2008 en el Hospital Miguel Servet de la capital aragonesa después de que los médicos detectaran piedras pequeñas y barro en su vesícula. Un día después de la operación fue enviada a casa y, al poco tiempo de la intervención, empezó a padecer fuertes dolores que se repetían cada vez que comía, según han informado desde el Defensor del Paciente.

Días después la situación se agravó y la mujer comenzó a sufrir vómitos y se le diagnosticó un cólico de gases, para lo que se le dio medicación. Cinco días después de la operación, y al comprobar que los dolores no cesaban, la mujer acudió a Urgencias donde le diagnosticaron líquido libre en el abdomen, lo que se había producido por lesiones a causa del electrobisturí utilizado durante el acto quirúrgico o por un error de identificación de las estructuras anatómicas por parte del cirujano, tal y como han apuntado desde el Defensor del Paciente.

Más información: 
 http://www.aragondigital.es/noticia.asp?notid=123199

España: Recortes sanitarios colapsan urgencias de Hospital la Paz

  Los recortes sanitarios han provocado que las urgencias de uno de los hospitales más importantes de España, el Hospital Universitario la Paz, estén colapsadas. Los enfermeros han puesto hasta 16 notificaciones en el Juzgado de Guardia por la saturación de enfermos y la posibilidad de que se produzca alguna tragedia.

Cincuenta años cumple el Hospital la Paz entre polémica, recortes y saturaciones. Las urgencias de este centro sanitario están al borde del caos según denuncian los propios pacientes y los profesionales.

La Consejería de Sanidad asegura que no hay problema y que se atienden a 275 personas diarias. Sin embargos, los sindicatos aumentan estas cifras en 40 personas más.

Los médicos y las enfermeras no dan abasto desde que se unificaron las urgencias generales con traumatología y ante el temor de que ocurra una desgracia, han alertado de esta situación.

Hasta 16 notificaciones han hecho llegar al Juzgado. Notificaciones que también les remitían a la dirección del hospital y a la Consejería de Sanidad. Profesionales y pacientes denuncian que tras este colapso hay una nueva estrategia de recortes para potenciar la sanidad privada.

Los recortes, las derivaciones y la falta de contratación de personal extra durante el periodo estival están haciendo mella y mucha en un centro sanitario tan emblemático como el Hospital Universitario la Paz.

Con las urgencias totalmente colapsadas y a pesar de que niegue la evidencia la Consejería de Madrid, son muchos los madrileños que piensas que la sanidad pública no volverá a tener los parámetros de calidad que tenía antes de que llegara el tijeretazo del Partido Popular (PP).

Rafael González Pérez, Madrid.


Fuentes: http://www.hispantv.com/detail/2014/08/08/283799/espana-recortes-sanitarios-colapsan-urgencias-hospital-paz

Un hombre fallece después de ser trasladado por una ambulancia sin personal sanitario

 19 agosto 2014

Durante el primer día de las fiestas patronales de Almendralejo, el joven arquitecto Julián Barragán, de 36 años de edad, falleció mientras se encontraba con unos amigos en un establecimiento hostelero de la localidad, adonde había regresado desde Madrid para pasar unos días de vacaciones.

La familia del joven que murió en la madrugada del pasado 14 de agosto al sufrir una hemorragia interna mientras se encontraba en un bar de Almendralejo puso una denuncia ante la Comisaría Nacional de Policía de la ciudad. El motivo es que la ambulancia del 112 que acudió a atenderle no contaba con personal sanitario.
En la denuncia, formalizada ayer en la comisaría de Almendralejo, se hace referencia a que solo acudió el chófer que conducía la ambulancia y que los amigos del fallecido tuvieron que trasladarlo en brazos hasta el vehículo.
Además, fueron ellos los únicos que acompañaron a este hombre, en estado semiinconsciente y de extrema gravedad, en la ambulancia en su camino hasta el hospital de Tierra de Barros de Almendralejo. El hombre llegó al centro con parada cardiorespiratoria y falleció en pocos minutos.

Dos llamadas al 112

Lo que más indignó a la familia y a sus acompañantes es que tuvieron que llamar hasta dos veces al 112. La persona que les atendió les preguntó si habían ingerido bebidas alcohólicas y zanjó la conversación afirmando que estarían ante un coma etílico.
El joven fue encontrado en los aseos de un bar en la calle Luna con un fuerte dolor en el costado y en la parte intestinal, lo que le llevó a quitarse la camiseta.
De ello advirtieron a la persona que les contestó al teléfono, al que le aseguraron que se trataba de un caso de extrema gravedad, para lo que le pedían suma rapidez en la ambulancia.
Finalmente la autopsia diagnosticó que este joven deportista aficionado había muerto de una hemorragia retroperitoneal, que podría haberse iniciado días antes, aunque de forma muy lenta.
La familia lamenta que sucedan estos casos, ya que, de tratarse de otras circunstancias, como por ejemplo un infarto de miocardio, tampoco le hubieran podido aplicar el tratamiento con desfibrilador, ya que la ambulancia no contaba con personal sanitario para realizar este tipo de maniobras médicas
 
 Por ello, los familiares han anunciado que además de las denuncias que ya han formalizado ante la Policía Nacional y en el Servicio Extremeño de Salud, van a interponer otras ante el Defensor del Paciente Extremeño y si hace falta, hasta el Defensor del Pueblo, apuntaba Francisca, hermana del fallecido, en declaraciones a HOY. «Yo no digo que se podría haber evitado la muerte de mi hermano, pero al menos, que hubieran cumplido con su deber y hubiera venido un médico. Así no nos hubiera quedado la duda de si se podría haber salvado».
 

Defensor del Paciente pide a la fiscalía una investigación por la caída del falso techo





 Techo derrumbado en el Hospital de Puertollano

La asociación ha indicado que este tipo de sucesos se deben a la mala gestión de la Administración, que no ha propiciado un mantenimiento adecuado de las instalaciones del Hospital.
El Sescam asegura que la caída se debe a un defecto de la construcción, no a un problema de mantenimiento.
Comisiones Obreras se suma a las denuncias por negligencia y falta de mantenimiento, haciendo responsable de la situación al Sescam. 


 La caída del techo falso en la mañana del sábado en la habitación 231 del Hospital Santa Bárbara de Puertollano ha hecho que la asociación Defensor del Paciente envíe un comunicado en el que solicitan al fiscal jefe de Ciudad Real, Jesús Gasset, que se inicie una investigación alrededor del acontecimiento. El colectivo, firmado por la presidenta, Carmen Flores, ha indicado que este tipo de eventos indican que es evidente la falta de cuidados por parte de la Administración, que podría poner en peligro la vida de los pacientes. El accidente se saldó con heridas leves en los dos pacientes de la habitación.


El colectivo señala a través de un comunicado que es difícil entender que no hubiera ninguna alarma ante el deterioro “de la noche a la mañana”, sin que el Hospital se ocupara del techo. El Hospital Santa Bárbara, aseguran, es antiguo lo cual no consideran una justificación para no mantener las condiciones adecuadas para la atención de los ciudadanos que tienen, “además de la patología por la que ingresan, el peligro que se les caiga el techo”. Consideran que este tipo de casos son sinónimo de la falta de personal de mantenimiento, lo que achacan, a la vez, a los recortes en recursos humanos en los hospitales.

 La investigación de oficio, aseguran, tendrá el objetivo de revisar el complejo entero, así como la depuración de responsabilidades de quienes estén encargados de este tipo de negligencias en la instalación, lo que pone en peligro la salud dentro de un centro público. Esperan, también que la petición se atienda inmediatamente desde la Fiscalía.


Más información:  http://www.eldiario.es/clm/Defensor-Paciente-fiscalia-investigacion-techo_0_290821136.html

Denuncian una nueva muerte en el hospital de Toledo sin ser atendido por falta de camas




Se ha remitido una carta a la Junta de Personal del hospital 'Virgen de la Salud' de Toledo así como a la Asociación del Defensor del Paciente.

El paciente falleció tras esperar dos horas en urgencias a que le trataran y seis horas por una cama para quedar ingresado en el hospital.


Desde la familia Gómez-Chamorro se está haciendo público un caso que está en manos de la Junta de Personal del hospital 'Virgen de la Salud' de Toledo así como de la Asociación del Defensor del Paciente.

La carta, que expone concretamente los datos de lo ocurrido, firmada a 12 de agosto por José Gómez-Chamorro, hijo del fallecido, dice íntegramente así: "Mi padre Ventura Gómez-Chamorro Horcajada, ingresó en el hospital Virgen de la Salud el 29/7/14 sobre las 5:43 de la mañana. A las ocho de la mañana, es decir, dos horas más tarde, se nos informa de que padece una pancreatitis aguda y que se disponen una vez completada la analítica a solicitar cama en el hospital Virgen del Valle de Toledo.
 
Mi padre estuvo con otros pacientes en un pasillo desde las 8:30 hasta las 14:45 de la tarde, sin tratamiento, esto es importantísimo ya que como sabéis en una pancreatitis el riesgo en las primeras 72 horas es evidente.

 Según consta en los informes de derivación y confrontando los horarios hay un vacío desde las 9:49 que es dado de alta en urgencias hasta las 14:58 que ingresa en el hospital Virgen del Valle que el paciente no está a cargo de nadie, así mismo consta que el tratamiento se comenzará a su ingreso en el mencionado hospital, esto puede derivar en una septicemia como así ocurrió, fue el propio facultativo receptor de mi padre en el hospital Virgen del Valle quien nos informó de la asociación de la septicemia.

domingo, 27 de julio de 2014

Las dolencias de pulmón y corazón colapsan las Urgencias del Negrín

El Sindicato de Médicos denuncia que el cierre de camas y la escasez de personal provocan la saturación del servicio

27.07.2014 | 02:10

 La mayoría de los pacientes que ha acudido estas últimas semanas a Urgencias del Hospital Doctor Negrín sufría algún problema respiratorio, digestivo o cardiológico. Unas patologías que han experimentado un notable ascenso en julio, mes en el que se ha colapsado el servicio debido al cierre de plantas, según denuncian los sindicatos. La apertura de una planta del centro hospitalario el martes pasado ha aliviado en parte la saturación de esta unidad en la que los pacientes han llegado a esperar hasta cuatro días en los pasillos para ser ingresados. 

 El colapso que ha sufrido este servicio durante el mes de julio se debe principalmente a la decisión de la gerencia de cerrar plantas durante los meses de verano, justificada en una bajada asistencial en esta época. Al haber menos camas en las especialidades correspondientes, los pacientes deben aguardar más tiempo para ser hospitalizados.

Carmen Nuez, presidenta del Sindicato de Médicos de Las Palmas, asegura que la plantilla del Negrín está "tan ajustada" que cualquier imprevisto provoca un abarrotamiento. "El personal tiene derecho a descansar en verano, sobre todo ahora que viven en un estrés continúo por la falta de recursos, pero debe existir una mayor previsión. No se pueden cerrar plantas porque sí", añade.

Nuez explica que con un escaso personal y con plantas cerradas es imposible atender correctamente a la población. "Si la realidad se modifica lo más mínimo, se colapsa el servicio", señala la presidenta del Sindicato de Médicos, que recuerda que un paciente no debe esperar más de 12 horas en Urgencias desde que el especialista decide que debe ser hospitalizado.

El caso de los procesos respiratorios, como la reagudización de las patologías crónicas, EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica) o asma, son frecuentes en esta época del año debido a los cambios de temperatura, la humedad y la calima. En cambio, los procesos digestivos, como, por ejemplo, úlceras o dolores abdominales, y los procesos cardiológicos, especialmente en gente joven, no atienden a ningún patrón.

A estos pacientes hay que sumarles todos los que llegan a Urgencias por otros problemas, cuya lista es larga: fracturas, ataques de ansiedad, hernias, apendicitis... Dependiendo de la gravedad y no del orden de llegada, los usuarios van siendo trasladados a los boxes y a las diferentes unidades, pero cuando estos espacios se llenan, no hay más remedio que instalarlos a un lado y al otro de los pasillos del servicio.

Hasta 20 pasillos se han visto desbordados de camillas a comienzos de esta última semana, lo que motivó el pasado martes la apertura de una planta que permanece cerrada durante todo el año y que se habilita en estas situaciones de abarrotamiento. Aunque normalmente se abre en invierno, debido a las patologías típicas de la estación, como la gripe.

Las plantas que se han inhabilitado durante julio, agosto y septiembre en el centro público son las correspondientes a Neurología y Cirugía Vascular, así como todas las camas de la Unidad Hospitalaria de Desintoxicación.

Según el Sindicato de Enfermería Satse, el Hospital Dr. Negrín dispone de un centenar de camas menos en el período estival. Un cálculo que hace el propio sindicato al negarse la Consejería de Sanidad, que dirige Brígida Mendoza, a aportar datos oficiales.

Leer  más, fuentes:  http://www.laprovincia.es/sociedad/2014/07/27/dolencias-pulmon-corazon-colapsan-urgencias/623099.html?utm_content=buffer737b8&utm_medium=social&utm_source=facebook.com&utm_campaign=buffer

jueves, 10 de julio de 2014

TSJM condena al Sermas a pagar 78.762 euros por daños neurológicos a un niño


Madrid, 10 jul (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Madrileño de Salud a pagar 78.762 euros a dos padres por una deficiente asistencia sanitaria a su hijo, que sufrió secuelas neurológicas y al que se le negó una valoración sobre la posibilidad de ser operado contra una epilepsia.
La sección décima de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estima un recurso de los progenitores contra la desestimación de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada en septiembre de 2010 por 515.314,33 euros.

Los padres denunciaban que diferentes hospitales del sistema público no indicaron la necesidad de operar al niño debido a la enfermedad que padecía, diagnosticada a los 14 meses del nacimiento y que afectaba a su corteza cerebral y le causaba trastornos psicomotores, en un principio, y crisis epilépticas más tarde.
Finalmente, tras años de tratamiento con antiepilécticos, los padres llevaron al menor a una clínica privada y asumieron el coste de la operación.

A raíz de la operación, el menor mejoró de sus problemas de salud, que sin embargo le dejaron secuelas, según ha indicado a Efe la asociación Defensor del Paciente, que defendió a la familia en este caso.
Los padres reclamaban una indemnización desde la fecha en la que el menor contaba con cuatro años de edad, argumentando que todo ese tiempo estuvo sin diagnosticar de epilepsia; y, una vez diagnosticado, por el tiempo que permaneció en tratamiento farmacológico resistente hasta que fue intervenido.

Según la sentencia, en este caso ha existido una "pérdida de oportunidad", por lo que fija un pago de 78.762 euros, correspondiente por los gastos de tratamiento y hospitalización que solicitaban los padres -68.762- más 10.000 de indemnización.

miércoles, 2 de julio de 2014

Sanidad deberá pagar 12.000 euros a un paciente por no tener permiso escrito para operarle

Efe-Valencia-26 junio 2014

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha condenado a la Conselleria de Sanidad a pagar 12.000 euros porque no recabó el permiso por escrito para una intervención quirúrgica de una paciente que sufre secuelas crónicas desde la operación.

La sentencia, facilitada por la asociación Defensor del Paciente, considera que no hubo mala praxis por parte de los médicos, aunque concluye que "la información que se facilitó a la paciente no fue todo lo completa que sería exigible para permitir a la recurrente conocer el real alcance de los riesgos que asumía".
Según el contenido de la misma, "aún siendo válido el consentimiento oral, su falta de constancia escrita desplaza sobre la Administración la carga de la prueba, y en el presente caso tal prueba no se ha llevado a cabo".

Sanidad deberá abonar 12.000 euros a la citada paciente, que fue intervenida de una hernia discal en el Hospital Casa de la Salud de Valencia (derivada desde el Hospital General), y a la que, en el transcurso de la operación, se le desecaron raíces nerviosas que le han provocado secuelas crónicas e irreversibles y trastornos psíquicos.

Tras la operación, la mujer sufre falta de sensibilidad en genitales y zona anal, dolor opresivo continuo en la zona lumbar hasta los dedos de los pies y pérdida de fuerza en la pierna izquierda.

Más información, fuentes:  http://www.lasprovincias.es/comunitat/201406/26/sanidad-debera-pagar-euros-20140626121331.html

El TSJM condena al SERMAS con 750.000 euros por romperle la médula a un bebe durante el parto

Actualizado: 24/06/2014


La Sección 10ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) al pago de una indemnización de 750.000 euros tras las lesiones provocadas a un bebé al que rompieron la médula durante el parto en el que usaron fórceps. 

En concreto, en la sentencia, tramitada por los servicios jurídicos de la Asociación del Defensor del Paciente, el TSJM estima en parte el recurso contencioso administrativo presentado por los padres del bebé contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada a priori. De los 750.000 euros, 600.000 son para el niño y 75.000 a cada uno e los padres

La paciente, de 31 años, el 21 de abril de 2010, estando a término de su gestación, ingresó en el Servicio de Urgencias del Hospital Universitario Gregorio Marañón de Madrid, Hospital Materno-Infantil, por una posible rotura espontánea de bolsa amniótica e inicio de contracciones. 

Horas después se inició el parto que precisó la aplicación de fórceps rotador. El bebé nació el 22 de abril 2010, arreactivo, hipotónico, cianótico, sin frecuencia cardiaca ni esfuerzo respiratorio, APGAR 3/6, por lo que precisó reanimación tipo IV que obligó a su intubación y ventilación mecánica, ordenándose su traslado urgente a UCI de Neonatología. 

A su ingreso en UCIN se encontraba hipotónico, sin movimiento espontáneo de ninguna de las cuatro extremidades, con postura de libro abierto, hiperreflexia, sin respiración espontánea y con un importante cefalohematoma parieto-temporal derecho. 

El niño sufría una tetraparesia de predominio en miembros derechos en relación con patología a nivel cervical C2-C3, que ha dado lugar al reconocimiento de un grado de minusvalía del 68 por ciento. El menor sufre un pronóstico desfavorable a nivel motor, digestivo, respiratorio y renal, por lo que precisará la ayuda de tercera persona para todas las actividades de la vida diaria.

Condenan al Sergas a indemnizar a una joven por las secuelas tras infiltrarle corticoides en la muñeca

La Audiencia de A Coruña expone que no se informó a la paciente de los efectos secundarios del tratamiento

23.06.2014 


La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado al Servizo Galego Galego de Saúde a indemnizar a una joven por las secuelas ocasionadas por una infiltración de corticoides en la muñeca.

Según informa la Asociación El Defensor del Paciente, así lo recoge una sentencia de junio de 2014 por la que ha sido condenada la aseguradora del Sergas al pago de "todos" los daños y perjuicios causados a una joven de A Coruña tras una infiltración de corticoides en la muñeca. La cantidad indemnizatoria se decidirá en un pleito posterior.
La paciente, de 26 años de edad, y vecina de A Coruña, presentaba dolor e hinchazón en la mano derecha, según recuerda la Asociación El Defensor del Paciente.

El 20 de junio de 2010 fue vista en el Servicio de Traumatología del Centro de Especialidades del Ventorrillo de A Coruña, dependiente del Sergas, donde se le realizó una infiltración de corticoides con anestesia local, "notando considerable mejoría", señala la asociación.

Con el paso del tiempo volvieron a presentarse los dolores, siendo remitida al Servicio de Reumatología del mismo Centro de Especialidades. Fue atendida el 9 de mayo de 2011 por un médico especialista estatutario del Sergas, quien le realizó una segunda infiltración.
La joven presentó hiperpigmentación cutánea, con lipoatrofia, e hipersensibilidad al tacto, secundaria a la utilización de corticoides. Además, la Asociación indica que el médico "no informó a la paciente de los posibles efectos secundarios o reacciones adversas".

Tras acudir a los Servicios Jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente en Galicia, se interpuso la demanda de reclamación de daños que fue estimada íntegramente por el Juzgado de Primera Instancia Numero 1 de A Coruña, sentencia que ahora ha sido confirmada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial.


La Sala señala que el consentimiento informado es presupuesto y elemento esencial de la "lex artis" y como tal "forma parte de toda actuación asistencial, constituyendo una exigencia ética y legalmente exigible a los miembros de la profesión médica, en la que se contempla como derecho básico a la dignidad de la persona y autonomía de su voluntad".

Añade la Sala, según indica la Asociación, que el propio Tribunal Constitucional señala que el consentimiento informado es "un procedimiento o mecanismo de garantía para la efectividad del principio de la autonomía de la voluntad del paciente y, por tanto, de los preceptos constitucionales que reconocen derechos fundamentales que pueden resultar concernidos por las actuaciones médicas, y, señaladamente, una consecuencia implícita y obligada de la garantía del derecho a la integridad física y moral, alcanzando así una relevancia constitucional que determina que su omisión o defectuosa realización puedan suponer una lesión del propio derecho fundamental".
Más información, fuentes:  http://www.farodevigo.es/galicia/2014/06/23/condenan-sergas-indemnizar-joven-secuelas/1046553.html

Dos médicos indemnizan a unos padres con 150.000 euros tras la muerte de una menor

La doctora que atendió a la joven en Gandia carecía de un título homologado y obvió un electrocardiograma con un resultado «anormal» 

 

Carmen, de 16 años, empezó a encontrarse mal el 17 de agosto de 2008. Estaba veraneando con su familia en Almiserà. Pasó el día de domingo con molestias. Como no mejoraba, a la una de la madrugada sus padres la llevaron al Centro Médico La Safor de Gandia. Se preocuparon porque empezó a dolerle el brazo izquierdo y le costaba respirar. 

Una vez allí, la doctora que estaba realizando el servicio de guardia, Edwige Ginelle Nagham, le tomó la tensión arterial, la auscultó y le dio oxígeno. La menor se sometió a un electrocardiograma y a una radiografía. La facultativa le inyectó Primperan para atajar los vómitos y Zantac para el estómago. Una vez finalizadas las pruebas, aseguró que «todo iba bien» y que era un simple problema estomacal. 

Pero nada más lejos de la realidad. Nagham no acertó con el diagnóstico. No supo interpretar el electrocardiograma, cuyo resultado fue anormal, y en vez de desviarla a otro hospital, la mandó para casa. Carmen, que siempre había gozado de buena salud, falleció a las 7.37 horas del 18 de agosto de 2008 a causa de una parada cardiorrespiratoria. 

 Los familiares se percataron de que la doctora, natural de Camerún, tenía su titulación de Medicina expedida por la República de Costa de Marfil sin homologar en España por el Ministerio de Educación. Tampoco estaba colegiada en el Colegio de Médicos de Valencia ni en ninguno otro del país, por lo que no estaba legalmente capacitada para ejercer esta profesión en España.

Condenan al Principado por no atender debidamente a un hombre que falleció en Urgencias de un infarto

17 de junio de 2014


Una sentencia del TSJA ha condenado al Servicio de Salud del Principado (Sespa) dependiente de la consejería de Sanidad al pago de 90.000 euros en concepto de inmdenización a la mujer y a los hijos de un hombre que murió en 2010 con 41 años en el HUCA, al que había acudido.

El tribunal considera que "no se agotó la obligación de medios en los tiempos precisos, vulnerándose la lex artis", y dice que se produjo "una pérdida de oportunidad indemnizable" en el tratamiento del hombre. La sentencia, de la que ha informado el Defensor del Paciente, rebaja sustancialmente la cantidad que pedía la familia, que ascendía a 400.000 euros. El motivo es que existé "probabilidad de que el daño se hubiera producido igualmente de haberse actuado diligentemente".

Fue el día 4 de octubre de 2010, cuando J. M. E. contaba con 41 años, acudió en un taxi, acompañado de su esposa al servicio de Urgencias del HUCA aquejado de fuerte dolor de espalda, mareos y sudoración. Eran las 15.14 horas.

Durante su estancia en Urgencias sufrió sobre las 15.50 horas una pérdida brusca de conciencia con parada cardiorespiratoria, confirmándose su defunción a las 16.35 horas. "No era, en el caso, un mero dolor de espalda, sino una sintomatología más amplia, sudoración, mareos y ganas de vomitar, que exigía agotar la obligación de medios de los que disponían los facultativos, por lo que se ha producido un retraso en el diagnóstico y tratamiento del paciente que le privó de posibilidades de no llegar al resultado fatal", explica la sentencia.

Fuentes: http://www.asturias24.es/secciones/vivir/noticias/condenan-al-principado-por-no-atender-debidamente-a-un-hombre-que-fallecio-en-urgencias-de-un-infarto/1402996170

El SAS indemniza a los hijos de una mujer de 62 años que murió «por falta de medios»

A 17 junio 2014- Granada

La víctima, cardiópata, diabética y con bronquitis, se encontraba en Órgiva y avisó al 061 porque se asfixiaba, aunque el médico acudió a su casa sin oxigenoterapia.

 Cristobalina Bernal y su hermano Antonio solicitaron una indemnización al SAS -que no quieren hacer pública-, porque tenían la seguridad de que la muerte de su madre, de 62 años y que se encontraba en Órgiva, se pudo haber evitado si la víctima hubiera sido atendida correctamente por el médico. Hace pocas semanas, ambos supieron que el SAS les daba -en parte- la razón y que la Administración accedía a indemnizarles el 70% de lo que habían pedido, a través de una reclamación por la vía administrativa, en virtud a una «falta de medios empleados» en el proceso sanitario que culminó con el fallecimiento de su progenitora, el 9 de noviembre de 2010. Meses más tarde, el 28 de abril de 2011, los afectados pusieron esa reclamación ahora resuelta.

«Mi madre falleció en casa como consecuencia de una parada cardiorrespiratoria. Cuando llamamos al 061 la primera vez ya les dijimos que era diabética, cardiópata, que se asfixiaba porque tenía una bronquitis... y que le estaba faltando la respiración, por eso no podíamos sacarla de casa. Pero se presentó un médico de otro pueblo en el coche del celador, sin botella de oxigeno ni nada, la auscultó y nos dijo que fuéramos nosotros al centro de salud, que ella podía ir por su propio pie. A los diez minutos de irse el doctor, mi madre se empezó a sentir peor y murió, justo antes de eso habíamos llamado de nuevo al 061... Entonces sí vino la ambulancia al completo y bien dotada, pero era tarde. Además fue el mismo doctor en las dos ocasiones el que acudió a casa», narra la descendiente.

Según el informe del Consejo Consultivo y la propia resolución del SAS, la muerte fue motivada por una insuficiencia cardiaca congestiva. Y ese hecho se atribuye a la Administración por considerar que no se pusieron a disposición de la paciente todos los medios precisos, ya que en la asistencia de urgencia domiciliaria que recibió la paciente el médico que la atendió no llevaba el material preciso para tratar el cuadro clínico que presentaba y del que ya tenía conocimiento por haber sido advertido. «Nosotros llamamos al 061 las dos veces y ellos daban aviso al médico, quien desde el primer momento supo que la paciente era una emergencia tipo 1», sostiene Cristobalina.

Se le quitaron posibilidades 

Precisamente, ese hecho es destacado en el informe emitido por el Servicio de Aseguramiento y Riesgos, en el cual se dice textualmente: «No se entiende que se acuda a atender a una paciente de estas características (su hija había llamado comunicando que se asfixiaba y el 061 había comunicado al facultativo que iba a atender la urgencia sus antecedentes médicos (cardiópata, diabética y con enfermedad obstructiva pulmonar) sin, al menos, oxígeno para tratar una muy probable hipoxemia (como así era), para así, y a la vista de que su traslado iba a demorarse por no estar disponible ambulancia en ese momento, tratar de corregir la hipoxemia de la paciente mediante oxigenoterapia y estabilizarla en lo posible hasta que pudiera ser trasladada en ambulancia para un estudio más pormenorizado y un tratamiento más específico».

Más información, fuentes:  http://www.ideal.es/granada/201406/17/indemniza-hijos-mujer-anos-20140617000100.html

Condena de 100.000 € al Sermas por una muerte evitable con una radiografía

16/06/2014 -

MADRID La víctima fue asistida por el Defensor del Paciente 


El 3 de diciembre de 2007, X, de 76 años de edad, fue intervenido en el Hospital Universitario Santa Cristina, en Madrid, de una dolencia llamada dedo en garra, que le afectaba al segundo dedo de su pie derecho, el cual se quedaba así, deformado hacia abajo.

Antes de la cirugía, a X se le realizaron varias pruebas para el preoperatorio y con objeto de afinar lo más posible el diagnóstico, una de las cuales fue una radiografía de la zona del tórax.
Ahora se puede decir: nadie miró aquella radiografía. Si se le hubiera prestado atención, se habría observado una infección respiratoria que quedó sin tratamiento, y que le provocó la muerte al paciente a gran velocidad. Sólo cinco días después de la intervención, el 8 de diciembre de 2007, X moría a causa de una neumonía grave comunitaria que derivó en un shock séptico.

La sala décima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado ahora al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar un total de 100.000 euros a la familia de X al estimar integramente sus argumentos: es decir, que si los médicos hubieran tratado lo que aquella radiografía revelaba, el paciente X podría haber superado el trance.

Con la particularidad, además, de que durante todo el pleito el Sermas nunca llegó a aportar la famosa radiografía, asegura el abogado que asistió a la familia de la víctima en el trance judicial, Carlos Sardinero. Las víctimas fueron asesoradas también por la Asociación del Defensor del Paciente de Carmen Flores.

«Efectivamente, al estar incompleta la historia médica del paciente, es imposible que pueda aceptarse la tesis de la Administración pues no puede olvidarse que la técnica médica es de medios y no de resultados, medios que, en este caso, dada la ausencia tanto de la placa mencionada como de la exploración del paciente en esa misma fecha, debe llevarnos a concluir que no se valoraron adecuadamente las alteraciones presentes en la radiografía de tórax con carácter previo a la realización de la intervención programada, desconociendo, en todo caso, si debiera haberse proporcionado al enfermo algún tratamiento médico ajustado a las exigencias de la lex artis», llega a afirmar la sentencia sobre esa singular ausencia de la radiografía durante el proceso.

 «Y como la obligación de aportar la historia clínica es carga de quien la tiene en su poder, su ausencia no puede perjudicar la pretensión de la parte recurrente, quien con ese actuar administrativo se ve imposibilitado para demostrar la veracidad de sus afirmaciones consistentes en que se produjo una desatención médica pese a la neumonía que revelaba la radiografía de constante referencia», finaliza el documento, al que ha tenido acceso este diario.

Fuentes:  http://www.elmundo.es/madrid/2014/06/16/539f3a40ca474178528b4594.html

Condenan a una aseguradora por la atención a un paciente que falleció

Andalucía Información / Agencias
16/06/2014


Un juzgado de Sevilla ha condenado a la compañía de seguros Adeslas a pagar una indemnización de 200.000 euros a la familia de un parapléjico de 64 años que murió por un diagnóstico tardío de una gangrena de Fournier.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera que en el hospital privado que lo atendieron "no se pusieron a disposición del paciente los medios adecuados en atención a las circunstancias concurrentes", y añade que los médicos tuvieron una actuación "incorrecta".

La indemnización al paciente, afiliado del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, era de 124.028 euros de principal, aunque con los intereses y costas asciende a 200.000, según la asociación El Defensor del Paciente, que ha llevado el caso.

En el fallo judicial también reprocha una mala praxis de los médicos, que realizaron "un diagnóstico tardío cuando ya el tratamiento era infructuoso, lo que evidencia la relación causa efecto entre el retraso del diagnóstico y el fallecimiento del paciente", que ocurrió el 25 de octubre de 2007.

La sentencia, que es recurrible ante la Audiencia de Sevilla, considera que la compañía aseguradora debe pagar la indemnización por los daños y perjuicios causados debido a que asume la responsabilidad "por la deficiente prestación de un servicio al que está obligada la entidad".
Los hechos se remontan al 14 de octubre de 2007, cuando el hombre acudió con fiebre a un hospital de Sevilla y con un testículo inflamado, y pese a que en los días sucesivos tenía un edema testicular y la analítica evidenciaba signos de infección, el joven internista que lo atendió creyó que se trataba de una hernia inguino escrotal.

El internista, que lo atendió un mes antes de la infección y pese a la insistencia de la familia, se negó a llamar a un urólogo, y cuando el paciente empeoró, el día 19 de octubre llamó al cirujano, que desde un principio descartó la hernia y determinó que padecía gangrena de Fournier, un proceso infeccioso de rápida progresión.
Sin embargo, hasta el 22 de octubre no le hicieron un desbridamiento quirúrgico obligado, dado que el día 19 se limitaron a drenarlo y le limpiaron con agua oxigenada y Betadine, tratamiento inútil contra una gangrena necrotizante.
En la sentencia, el juez señala que, usando simplemente las "normas de lógica y sentido común", le "llama la atención" que no se le hicieran cultivos ni se llamara al urólogo.

Más información, fuentes:  http://andaluciainformacion.es/sevilla/414247/condenan-a-una-aseguradora-por-la-atencion-a-un-paciente-que-fallecio/

Una aseguradora indemnizará a un paciente vigués que sufrió una infección tras ser operado

La sentencia condena el retraso en el tratamiento tras la intervención sin consentimiento informado

14.06.2014

Un Juzgado de Primera Instancia de Vigo condenó a una aseguradora privada a indemnizar con 30.000 euros más los intereses a un paciente por la demora que sufrió en el tratamiento de una infección en su pierna tras ser sometido a una cirugía de fractura de tibia y peroné, que fue realizada sin consentimiento informado en Santiago. El abogado del Defensor del Paciente encargado del caso, Cipriano Castreje, denunció que todavía se realicen cirugías sin consentimiento informado y traslado de los pacientes a hospitales más lejanos, "cuando tienen el servicio adecuado en su propio lugar de residencia, lo que sin duda genera sobrecostes al paciente y retraso en la atención", señala.

Según informan, A.O.L., un vigués de 50 años, sufrió en febrero de 2009 una caída mientras talaba un árbol en un lugar próximo a Santiago tras la cual fue remitido por su seguro de salud privado al Hospital La Rosaleda de dicha ciudad. Allí, a los pocos días de su ingreso, fue intervenido por una fractura en la tibia y el peroné "sin consentimiento informado", y posteriormente enviado a Vigo para iniciar el seguimiento y las curas de la herida quirúrgica que son realizadas por los servicios médicos del seguro de salud.

A.O.L. había contratado la póliza denominada Poliplus con un seguro privado que garantizaba, entre otras cosas, "la cobertura de la asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria que proceda" sin tener el paciente opción de elegir libremente el hospital en el que ser tratado o médicos ajenos al cuadro médico de la póliza. A pesar de que los servicios médicos del seguro pudieron observar "a simple vista" que la zona empeoraba, no se realizó una analítica de urgencias hasta días más tarde.

Las pruebas revelaron una infección nosocomial en la herida, es decir, aquellas que se adquieren intrahospitalariamente, por lo que fue derivado de nuevo a Santiago "demorando el tratamiento" y el desbridamiento, o eliminación del tejido muerto existente, produciéndose así un "retraso negligente", según la sentencia. Tras ser enviado de nuevo a Vigo, en la Clínica Fátima se le retiró la placa de osteosíntesis infectada que se había implantado en la zona de la fractura.

Más información, fuentes:  http://www.farodevigo.es/gran-vigo/2014/06/14/aseguradora-indemnizara-paciente-vigues-sufrio/1041904.html

El SCS deberá pagar 91.000 euros por la muerte de una recién nacida

El Supremo condenó recientemente a un médico cántabro a indemnizar a una niña a la que le fue extirpado el riñón por una mala atención

   SANTANDER, 12 Jun. (EUROPA PRESS) - 

   El Servicio Cántabro de Salud (SCS) ha sido condenado a indemnizar con casi 91.000 euros a los padres de un niña de tres meses que murió en 2007 a causa de una infección diseminada por la sangre (sepsis) que no se detectó "hasta después de su fallecimiento" pese a llevar quince días ingresada en la Residencia Cantabria.

   La sentencia condenatoria es del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander es de 20 de mayo de este año y ha sido dada a conocer este jueves en rueda de prensa por el Defensor del Paciente, cuyo servicio jurídico ha llevado el caso, y los padres. No es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).

   En la sentencia, se señala que "debieron hacerse pruebas" para la detección del germen causante de la infección que llevó al fallecimiento de la niña.

    Se mantiene que, "considerando el importante periodo de tiempo que la niña permaneció en el hospital" y no habiendo acreditado el SCS pruebas que demuestren la imposibilidad de detectar o tratar eficazmente la infección, había una "probabilidad alta" de haber evitado la muerte por la causa que se produjo.

   A la niña fallecida, Natalia, que era gemela de otra, a los nueve días de nacer se le detectó un problema en el intestino --una enterocolitis necrotizante-- por el que fue intervenida.
   Con poco más de un mes, y tras la primera operación, tuvo que ser intervenida de nuevo para cerrarle la abertura que se le había tenido que hacer en la primera cirugía.

   Los padres han explicado que era una operación "programada" y "sencilla"  pero, según han relatado, no salió bien y a los pocos días hubo que someterla a otra intervención --la tercera de la niña-- de "urgencia".
   Han asegurado que, a pesar de las intervenciones sucesivas, a lo largo de los quince días que estuvo en la Residencia --ingresó el 3 de julio y falleció el 18 de 2007-- les decían que "no era un problema" y que "todo estaba bien" a pesar de que la niña tuvo fiebre "prácticamente toda la estancia".

   Incluso --han asegurado-- en el hospital les aseguraron que todo "estaba bien" el 17 de julio, víspera del fallecimiento, cuando la niña tenía ya los pulmones "encharcados", respiraba "raro" y no dejó de llorar durante "siete horas". Poco después fue bajada a la Unidad de Cuidados Intensivos y el 18 falleció después de un shock séptico y fallo multiorgánico.

  Los padres han denunciado también que, en su estancia en el hospital, la niña no fue atendida por un pediatra, sino por un cirujano.
   Además, se han quejado de que la pequeña no estuvo monitorizada durante su ingreso, por lo que no se pudo comprobar las variaciones en el estado de la pequeña en esos días, y han afirmado que ellos, sus padres, eran "los ojos de las enfermeras".

  Además, han denunciado que cuando falleció tuvieron "bastantes trabas" para hacerse con el historial de su hija sobre su permanencia en la Residencia y han explicado que, aunque "finalmente" se lo entregaron, faltaba la información sobre lo acontecido algunos de los días en que estuvo ingresada, concretamente el de la víspera a su muerte, un día que el padre de la pequeña considera "clave".

   Pese a que en el hospital les aseguraron que era el historial completo del ingreso, sus padres creen que a "alguien le ha interesado más" hacer que no se pueda conocer esta información que "asumir su responsabilidad".

Más información,  fuentes:  http://www.europapress.es/cantabria/noticia-scs-condenado-indemnizar-91000-muerte-recien-nacida-infeccion-no-detectada-20140612184103.html

Bebé muerto por uso de fórceps, historia clínica manipulada

 QUICO ALSEDO -Actualizado: 12/06/2014

Condenado el Servicio Madrileño de Salud a pagar 106.000 euros de indemización por la muerte de un neonato que quedó tetrapléjico y el posterior falseamiento del informe clínico.

 NO SE PODÍAN APLICAR FÓRCEPS. A la derecha, la clave del partograma: la cabeza del feto nunca llegó a los planos III y IV, que son los obligados para poder aplicarlos como marcan los usos y costumbres médicos.


He aquí una de las pesadillas más recurrentes de las mujeres encinta. Un embarazo normal, una pareja ilusionada ante el futuro y un parto... Que se tuerce al deteriorarse la propia médula del bebé, rota por el uso indebido de fórceps. El neonato, tetrapléjico después del trance, duró vivo apenas 19 días, pero el dolor de la familia se extendió mucho más. Tanto, que aún habiendo sucedido los hechos hace varios años y teniendo ya hoy otros dos críos sanos y salvos, ni el padre ni la madre se han visto con fuerza para hablar con este periódico.

El Servicio Madrileño de Salud ha sido condenado a pagar 106.000 euros a los padres de un bebé que quedó tetrapléjico por daños en su expulsivo y murió 19 días después del parto en el Hospital Universitario Príncipe de Asturias, en Madrid, en mayo de 2009.

El mal uso de fórceps es sólo parte de la historia: la sección décima del Tribunal Superior de Justicia condena a la Administración regional por manipular el informe médico del parto para presumiblemente ocultar los sucesivos errores que llevaron a que el cuellodel bebé fuera torsionado a su salida del útero, con resultados fatales.

La paciente, de 33 años, fue sometida a una inducción al parto debido a una diabetes gestacional mal controlada, con un feto grande para la semana que era, la 43 de gestación. Los fórceps, con este panorama, se aplicaron excesiva precipitación.

Más información, fuentes:  http://www.elmundo.es/madrid/2014/06/12/5399f75e22601d0a388b45be.html

Sexta condena por mala praxis médica a un oftalmólogo que sigue ejerciendo en Madrid

 

Día 11/06/2014

Louis Outeiriño tiene que pagar 57.800 euros a su última víctima, un joven que quedó tuerto.

 Adrián Pérez tiene 25 años. Es entrenador de fútbol y se gana la vida como jardinero. Desde 2005 no veía absolutamente nada por su ojo derecho, y desde 2010 ni siquiera lo tiene: tuvieron que extirpárselo y sustituirlo por una prótesis. Ahora acaba de conseguir que los tribunales condenen al conocido oftalmólogo que lo operó media docena de veces durante diez años, Luis Outeriño, propietario del Hospital de Día Pío XII de Madrid. Tiene que indemnizarlo con 57.753,72 euros porque la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 88 de Madrid ya es firme (el médico no ha recurrido). 

El joven Adrián es al menos el sexto paciente que tras perder la visión consigue una condena por mala praxis médica al oftalmólogo, que continúa ejerciendo. El calvario de este madrileño comenzó cuando solo tenía tres años de edad. Torcía mucho la vista y en el ambulatorio recomendaron a sus padres que lo llevaran a la clínica privada del doctor Outeiriño.
 El niño padecía una catarata congénita, por lo que fue intervenido el 7 de abril de 1992. Algo salió mal y Adrián volvió a ser operado otras cinco veces. «No os preocupéis, que está en mis manos», les decía Outeiriño a sus padres, a quien no les cobró las operaciones posteriores «porque debió ver que lo había hecho mal», dice Adrián a ABC. Según acredita la sentencia, el médico en ningún momento informó de los riesgos que corría el niño, tantos que terminó tuerto. «Me han sacado un ojo por el que nunca más volveré a ver y eso no hay dinero que lo pague», añade.

 «Mientras mis amigos se iban de fiesta yo estaba de operaciones y el tiempo no lo vuelves a recuperar nunca: estudios, oportunidades en la vida... Me han echado de dos trabajos por las continuas bajas que me tenía que coger», se lamenta Adrián. Decidió acudir a los tribunales en 2010, cuando otro oftalmólogo le dijo que le tenían que extirpar el ojo. «Me puse a investigar y vi que había mucha más gente en la misma situación que yo con el mismo médico». Desde entonces ha gastado unos 30.000 euros en abogados, peritos y operaciones.

La Fiscalía eleva a 16 las denuncias por la klebsiella

ANTONIO GUTIÉRREZ | 9 de junio de 2014


La cifra supone seis casos más que a finales de abril, aunque el Ministerio Público destaca que “desde hace semanas” no se han recibido nuevas denuncias.
Dieciséis. Seis más que en el último balance hecho público a finales del pasado mes de abril. La Fiscalía de Córdoba tiene encima de la mesa y “bajo investigación” dieciséis denuncias por infecciones provocadas por el brote de la bacteria klebsiella en el hospital Reina Sofía de Córdoba y que, según las estimaciones del Defensor del Paciente, ha costado o al menos ha tenido relación con la muerte de trece pacientes desde que comenzaran a hacerse públicos los casos.

“Estamos trabajando en ello y me consta que hay diligencias que están muy avanzadas, pero no vamos a decir más”, señaló el responsable de la Fiscalía de Córdoba, José Antonio Martín-Caro, que sí aseguró que en las últimas semanas no se han recibido nuevas denuncias por estos hechos. ¿Existe relación entre el descenso de la atención mediática y el número de denuncias? Martín-Caro prefiere no mojarse, sólo reitera que hace semanas que no se reciben nuevas denuncias. Estas semanas son prácticamente las mismas desde que la Fiscalía decidió frenar el goteo de datos sobre las denuncias recibidas.

La discrección por la que ha optado a Fiscalía de Córdoba sobre este asunto está más que justificada, máxime si se tiene en cuenta que, sea cual sea el resultado de las diligencias de investigación traerá polémica porque las posturas en estos hechos son totalmente divergentes. De un lado, la postura del Defensor del Paciente y de los afectados que encuentran una relación directa entre la infección bacteriana y la muerte de pacientes, o al menos importante y exigen responsables. Del otro, la postura del hospital que siempre ha negado que la bacteria fuera la causante de las muertes.

Más información, fuentes:  http://cordopolis.es/2014/06/09/la-fiscalia-eleva-a-dieciseis-las-denuncias-por-la-klebsiella/

Condenan al Sergas a pagar 91.000€ tras morir un paciente

Acudió varias veces a Urgencias del CHUS, fue dado de alta y a los dos días falleció de un infarto.

05.06.2014 | 11:36


La sección tercera de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Sergas por la muerte de un paciente que acudió varias veces a Urgencias del CHUS, fue dado de alta y a los dos días falleció como consecuencia de un infarto.

El Defensor del Paciente ha informado en un comunicado de esta sentencia, que establece una indemnización de 91.000 euros a la familia de R.V.G., fallecido a los 66 años en agosto de 2007.
La asociación explica que en un primer momento ya habían obtenido un informe favorable de la inspección médica que señalaba que se había "producido una asistencia sanitaria deficitaria en la que no se utilizaron todos los recursos de diagnóstico posible, motivo por el que se privó al paciente del tratamiento que necesitaba".

Señala también que el paciente presentaba signos de afección cardíaca con alteración de los parámetros enzimáticos sugestivos de sufrimiento cardíaco y, sin embargo, el diagnóstico se orientó hacia la posible patología de origen digestivo, siendo dado de alta en el mismo servicio de urgencias sin tratamiento específico alguno.

El TS avala que un anestesista pague 867.000€ a una paciente a la que intubó mal y sufrió una lesión cerebral


La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) ha avalado que un anestesista indemnice con 867.504,99 euros a una paciente a la que intubó mal y, como consecuencia, sufrió una lesión cerebral irreversible de encefalopatía hipoxica-isquémica. El Alto Tribunal también condena a la clínica a participar en este pago de forma solidaria.

   De esta forma, el TS ha desestimado los recursos interpuestos por el anestesista y la clínica contra la sentencia dictada por la sección séptima de la Audiencia de Valencia, que les condenaba al pago de la indemnización y revocaba una resolución de un juzgado ordinario al estimar que había habido infracción de la lex artis.

   La paciente, de 30 años, contrató la práctica de una intervención estética abdomiplastia con una clínica valenciana, en la que actuó como anestesista el condenado, que responde a las iniciales F.G.C. Como consecuencia de la operación, sufrió una lesión cerebral irreversible de encefalopatía hipoxica-isquémica.
   La Audiencia de Valencia condenó al anestesista al entender que había habido problemas con las intubaciones a la paciente, y éstos son la causa más frecuente de la parada respiratoria.

   El TS respalda esta postura al estimar que la condena se produce no tanto por la existencia de un daño desproporcionado, puesto que hay una causa que lo justifica, sino por el incumplimiento de las obligaciones propias de la responsabilidad demandada.

   O lo que es lo mismo --agrega el tribunal--: "No estamos ante un riesgo propio de la anestesia, sino ante una incorrecta colocación del tubo de respiración endotraqueal y consiguiente vulneración de la lex artis propia del médico anestesista, como con acierto se razona en la sentencia con base en la pericial médica y prueba documental".

   Con esta base fáctica, el Alto Tribunal insiste en que le correspondía al anestesista "hacer una correcta intubación, controlar y vigilar la función respiratoria y su monitorización, y descartar en suma que la parada cardiorrespiratoria se produjo por otra causa interna de la paciente, que ni siquiera ha sido investigada".

Osakidetza pagará 60.000 euros al extraviar una prueba y retrasar un diagnóstico

Actualizado: 30/05/2014


Un juzgado de Vitoria ha condenado a Osakidetza a indemnizar con 60.000 euros a una mujer cuyo diagnóstico y tratamiento se retrasó dos años al extraviarse los resultados de una prueba. En noviembre de 2006 la mujer fue sometida a una resonancia magnética (en concreto, una angiorresonancia de arterias renales y suprarenal), pero la petición correspondiente y sus resultados no se incluyeron en el historial de la paciente.

Cuando meses después ésta regresó a la consulta, fue atendida por una nueva doctora que al repasar su historia no encontró la resonancia, aunque esto no le llamó la atención porque no conocía su existencia ni la paciente le preguntó por su resultado. Sin embargo, la resonancia sí se hizo, como ha quedado acreditado, porque consta en el archivo del organismo encargado de practicar estas pruebas, Osatek.

Posteriormente la mujer regresó en numerosas ocasiones al médico, incluso con ingresos de urgencia, y no fue hasta febrero de 2009 cuando los médicos comenzaron a sospechar que se trataba de arteritis de Takayasu, según el fallo dictado por el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vitoria y difundida hoy por la asociación "El Defensor del Paciente" que ha llevado el caso.

Esta enfermedad es "extremadamente infrecuente y de difícil diagnóstico en sus estadios tempranos", por lo que "evoluciona de forma silenciosa durante años, ya que sus síntomas son generales e inespecíficos, como fatiga, fiebre, pérdida de peso...". La sentencia, contra la cabe recurso de apelación, afirma que si la resonancia magnética de 2006 "hubiera sido valorada en el momento en que se realizó (...) se hubiera iniciado un estudio exhaustivo para intentar identificar el tipo de vasculitis", lo que hubiera posibilitado "llegar a diagnosticar la arteritis de Takayasu y comenzar su tratamiento".
 El tratamiento se retrasó dos años.

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