La Junta de Castilla y León indemnizará con más de 136.673 euros a los padres de una niña fallecida por la deficiente asistencia sanitaria en su nacimiento, ya que no se practicó una cesárea indicada en este caso, han informado a Europa Press fuentes de El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han tramitado el caso.
La Consejería ha reconocido mediante orden de
fecha 5 de marzo de 2014 el derecho de S.R.S. y A.A.M. a ser
indemnizados con la cantidad de 136.673 euros por el fallecimiento de su
hija Lucía a consecuencia de la defectuosa asistencia sanitaria
prestada en el momento de su nacimiento.
Los hechos
se romentan al día 3 de diciembre de 2006, cuando A.A.M, que cuenta en
la actualidad con 41 años, ingresó en el Hospital Clínico Universitario
de Valladolid con el parto en curso. Tras colocarle el registro
cardiotocográfico, empezó a presentar alteraciones que incrementaron a
las 10.30 horas y mostró alteraciones sugestivas de pérdida de bienestar
fetal.
En este momento estaba indicada realizar una
cesárea, no obstante el nacimiento de Lucía no se produjo hasta las
12.30 horas y se mantuvo a la niña en una situación de riesgo durante
dos horas.
La causa del retraso se ha justificado en
la ocupación de los quirófanos y en que la médico residente, a pesar de
ver las alteraciones del registro no apreció la urgencia y no solicitó
asistencia del médico ginecólogo hasta las 11.30, una hora después de la
hora en que estaba indicada la cesárea.
El Defensor
del Paciente ha señalado que la Consejería de Sanidad ha reconocido la
mala praxis y su relación con el fallecimiento de Lucía, que existió un
retraso en la realización de la cesárea desde el momento en que las
alteraciones eran sugestivas de pérdida de bienestar fetal, dado que
fueron mantenidas a lo largo del referido registro y el momento en que
se indicó la cesárea. La Orden señala que existió una demora excesiva en
el tiempo para realizar la cesárea, y dicho retraso llevó al
fallecimiento de la niña.
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