La víctima, cardiópata, diabética y con bronquitis, se encontraba en Órgiva y avisó al 061 porque se asfixiaba, aunque el médico acudió a su casa sin oxigenoterapia.
Cristobalina Bernal y su hermano Antonio solicitaron una indemnización al SAS -que no quieren hacer pública-, porque tenían la seguridad de que la muerte de su madre, de 62 años y que se encontraba en Órgiva, se pudo haber evitado si la víctima hubiera sido atendida correctamente por el médico. Hace pocas semanas, ambos supieron que el SAS les daba -en parte- la razón y que la Administración accedía a indemnizarles el 70% de lo que habían pedido, a través de una reclamación por la vía administrativa, en virtud a una «falta de medios empleados» en el proceso sanitario que culminó con el fallecimiento de su progenitora, el 9 de noviembre de 2010. Meses más tarde, el 28 de abril de 2011, los afectados pusieron esa reclamación ahora resuelta.
«Mi madre falleció en casa como consecuencia de una parada
cardiorrespiratoria. Cuando llamamos al 061 la primera vez ya les
dijimos que era diabética, cardiópata, que se asfixiaba porque tenía una
bronquitis... y que le estaba faltando la respiración, por eso no
podíamos sacarla de casa. Pero se presentó un médico de otro pueblo en
el coche del celador, sin botella de oxigeno ni nada, la auscultó y nos
dijo que fuéramos nosotros al centro de salud, que ella podía ir por su
propio pie. A los diez minutos de irse el doctor, mi madre se empezó a
sentir peor y murió, justo antes de eso habíamos llamado de nuevo al
061... Entonces sí vino la ambulancia al completo y bien dotada, pero
era tarde. Además fue el mismo doctor en las dos ocasiones el que acudió
a casa», narra la descendiente.
Según el informe del Consejo Consultivo y la propia resolución del
SAS, la muerte fue motivada por una insuficiencia cardiaca congestiva. Y
ese hecho se atribuye a la Administración por considerar que no se
pusieron a disposición de la paciente todos los medios precisos, ya que
en la asistencia de urgencia domiciliaria que recibió la paciente el
médico que la atendió no llevaba el material preciso para tratar el
cuadro clínico que presentaba y del que ya tenía conocimiento por haber
sido advertido. «Nosotros llamamos al 061 las dos veces y ellos daban
aviso al médico, quien desde el primer momento supo que la paciente era
una emergencia tipo 1», sostiene Cristobalina.
Se le quitaron posibilidades
Precisamente, ese hecho es destacado en el informe emitido por el
Servicio de Aseguramiento y Riesgos, en el cual se dice textualmente:
«No se entiende que se acuda a atender a una paciente de estas
características (su hija había llamado comunicando que se asfixiaba y el
061 había comunicado al facultativo que iba a atender la urgencia sus
antecedentes médicos (cardiópata, diabética y con enfermedad obstructiva
pulmonar) sin, al menos, oxígeno para tratar una muy probable hipoxemia
(como así era), para así, y a la vista de que su traslado iba a
demorarse por no estar disponible ambulancia en ese momento, tratar de
corregir la hipoxemia de la paciente mediante oxigenoterapia y
estabilizarla en lo posible hasta que pudiera ser trasladada en
ambulancia para un estudio más pormenorizado y un tratamiento más
específico».
Más información, fuentes: http://www.ideal.es/granada/201406/17/indemniza-hijos-mujer-anos-20140617000100.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario