EFE
Vitoria
Actualizado:
30/05/2014
Un juzgado de Vitoria ha condenado a Osakidetza a indemnizar
con 60.000 euros a una mujer cuyo diagnóstico y tratamiento se retrasó
dos años al extraviarse los resultados de una prueba. En
noviembre de 2006 la mujer fue sometida a una resonancia magnética (en
concreto, una angiorresonancia de arterias renales y suprarenal), pero
la petición correspondiente y sus resultados no se incluyeron en el
historial de la paciente.
Cuando meses después ésta regresó a la consulta, fue atendida por una nueva doctora que al repasar su historia no encontró la resonancia, aunque
esto no le llamó la atención porque no conocía su existencia ni la
paciente le preguntó por su resultado. Sin embargo, la resonancia sí se
hizo, como ha quedado acreditado, porque consta en el archivo del
organismo encargado de practicar estas pruebas, Osatek.
Posteriormente la mujer regresó en numerosas ocasiones al médico,
incluso con ingresos de urgencia, y no fue hasta febrero de 2009 cuando
los médicos comenzaron a sospechar que se trataba de arteritis de
Takayasu, según el fallo dictado por el juzgado de lo Contencioso
Administrativo número 2 de Vitoria y difundida hoy por la asociación "El
Defensor del Paciente" que ha llevado el caso.
Esta enfermedad es "extremadamente infrecuente y de difícil diagnóstico en sus estadios tempranos", por
lo que "evoluciona de forma silenciosa durante años, ya que sus
síntomas son generales e inespecíficos, como fatiga, fiebre, pérdida de
peso...". La sentencia, contra la cabe recurso de apelación, afirma que
si la resonancia magnética de 2006 "hubiera sido valorada en el momento
en que se realizó (...) se hubiera iniciado un estudio exhaustivo para
intentar identificar el tipo de vasculitis", lo que hubiera posibilitado
"llegar a diagnosticar la arteritis de Takayasu y comenzar su
tratamiento".
El tratamiento se retrasó dos años.
Más información. Fuentes: http://www.elmundo.es/pais-vasco/2014/05/30/53885e34ca4741db558b4570.html
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